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DERECHO DE RECLAMACIÓN SELECTIVO



Derecho de reclamación selectivo




Según el periódico Ell Mundo, en su edición del día 9 de octubre pasado, Miguel Ángel Villanueva, El responsable de Economía del Ayuntamiento de Madrid, ha dado órdenes a los servicios municipales de Consumo para que abran un expediente informativo en relación con la negativa de un determinado restaurante de Madrid a celebrar el banquete de una boda entre homosexuales, alegando que la negativa se producía por "política de empresa", según explicó un portavoz de dicho establecimiento y que negó que existiera ningún tipo de discriminación.

Villanueva dijo que el objetivo de este expediente es "conocer el fondo de los hechos" y que se produce "ante las noticias aparecidas estos últimos días en los medios de comunicación", ya que "a día de hoy no se tiene constancia en las dependencias municipales de ningún tipo de denuncia por parte de ningún afectado".

El expediente informativo, según sus palabras, "dará trámite de audiencia a los supuestos afectados, si lo consideran oportuno, y a la empresa, y de resultado de ese expediente informativo se podría dar lugar a un expediente sancionador".

El marco jurídico aplicable en este caso es la ley de la Comunidad de Madrid y la Ordenanza de Protección a los Consumidores del Ayuntamiento de Madrid, en concreto su artículo 124.14. que habla de la "negativa injustificada a satisfacer las demandas del consumidor producidas de buena fe o conforme al uso establecido, cuando su satisfacción esté dentro de las disponibilidades de vendedor o prestador de un servicio, así como de cualquier forma de discriminación con respecto a las referidas demandas".

El mencionado responsable de Economía no quiso anticipar plazos para la resolución del expediente "hasta saber si los afectados están dispuestos a participar" y señaló que "si no, ya actuaríamos de oficio". Hasta aquí la noticia, pero cabe preguntarle al mencionado responsable del Ayuntamiento, tan celoso en la custodio de los derechos de los consumidores, dónde queda el derecho de la empresa, ésa y las que fueren en casos similares, a poder elegir a la clientela que considere más adecuada a su "política empresarial" que sólo puede decidir la propia empresa, sin conculcar la legislación vigente aplicable al caso, pero existiendo ese derecho que en los establecimientos públicos se conoce desde siempre con el famoso rótulo de "reservado el derecho de admisión". Es decir, cada establecimiento abierto al público puede decidir de forma coherente y respetando los derechos de terceros si quiere aceptar o no a determinadas personas, por su indumentaria, características, actitudes, etc. para que puedan ser admitidos como clientes y, por tanto, receptores de sus servicios y/o productos. Este derecho que toda empresa tiene a decidir a qué sector de la población va encaminada su actividad empresarial, cuando topa con el mundo homosexual, que merece todos los respetos pero siempre que este colectivo respete los derechos de los demás cuando chocan con los suyos y haya disparidad de criterios, parece ser que entonces se trata de una discriminación negativa hacia el mundo gay que es un colectivo más, pero no el único detentador de derechos a salvaguardar.

Habría que recordar que algunas casas de alta costura, y sin citar nombres, hicieron a través de los medios de comunicación en este año un comunicado afirmando que tal o cual famosa, famosita o aspirante a serlo, no eran clientes de su firma, como afirmaba la aludida y que le prohibía terminantemente a dicha señora que utilizara el nombre de esa casa de alta costura como si fuera su proveedora de ropa, porque dicha famosa de dudosa reputación "no tenía el perfil adecuado" a la selecta clientela de dicha firma de alta costura. Nadie se sintió alarmado por el hecho de que la mencionada casa de alta costura negara la posibilidad a la repudiada del "derecho inalienable" a ser su cliente.

Igualmente, determinado torero famoso por sus conquistas y problemas matrimoniales, quiso comprar un coche a la reputada firma inglesa Rolls y ésta le contestó que no se lo vendía por no reunir el torero en cuestión las condiciones de prestigio social que la mencionada firma requiere a su elitista clientela, aunque el torero estuviera dispuesto a pagar lo que valen esos lujosísimos coches. Nadie tampoco osó acudir a los Tribunales para reclamar el amparo "del derecho incuestionable del torero" a conducir un automóvil para privilegiados con dinero, clase y distinción.

También en determinados establecimientos públicos sólo se puede entrar con determinada vestimenta, en otros yendo en pareja; los hay que exigen determinadas edades, o sólo admiten a mujeres o a hombres, por separado, sin que ninguno de estos requisitos propios de la "política de empresa" despierte controversia, ni posibles expedientes sancionadores, porque nadie en su sano juicio que intente entrar en un lugar destinado a un determinado colectivo de personas, por el tipo de espectáculo, o de ambiente o de simple selección de la clientela, se sentirá vulnerado en sus derechos fundamentales como ciudadano e intentará reclamar por semejante negativa.

En el caso del restaurante que motiva la noticia, se da la circunstancia de que entre la clientela existen muchos homosexuales, según afirma la gerencia del establecimiento, y no tienen ningún problema en asistir al restaurante con toda normalidad, con la única salvedad de que la dirección del mismo no quiere celebrar "matrimonios homosexuales", lo que no quiere decir que esté en contra de la homosexualidad o del matrimonio, sino que ambos términos juntos no "les casa" bien, al igual que a muchos ciudadano, que sólo tenemos la opción de aguantarnos, sin acudir al libro de reclamaciones, a pesar de pagar impuestos, cumplir con las leyes y tener que admitir situacciones grotescas por imperio de la Ley que hacen, regulan y promueven los que siempre se la saltan sin ningún tipo de escrúpulos cuando les conviene al caso,( y sirva de ejemplo la noticia anterior).

No es el colectivo homosexual el discriminado en este país de supuesta libertad de expresión, sino todos los que, independientemente de su orientación sexual, no comulguen con los dictados de los que ostentan el poder que, en ejercicio de un supuesto talante democrático que raya en lo grotesco, afirman con sus hechos que son respetables todas las opiniones, opciones y decisiones, siempre que sean acordes a las suyas, claro. ¡Estamos aviados con demócratas semejantes, defensores de la libre expresión de ideas! 

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